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Reconocimiento personería jurídica FUNIPSI

  • por

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

Regional Huila

Grupo Jurídico

RESOLUCIÓN No. 4 9 0 8

Por la cual se Reconoce una Personería Jurídica a una institución del Sistema Nacional de Bienestar Familiar denominada “FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL FUNIPSI” NIT. No. 900.830.581-3

LA DIRECTORA REGIONAL ICBF HUILA

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las refrendadas en el artículo 16 de la Ley 1098 del 2006, Decreto 2388 de 1979, Decreto 1137 de 1999, Decreto 987 de 2012 y la Resolución 3899 de 2010 modificada por las Resoluciones 6130 de 2015, 3435 de 2016, 9555 de 2016, 8282 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 205 de la Ley 1098 de 2006, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, es el ente rector y coordinador de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención, de su vulneración, la protección y el restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos o territorios indígenas.

Que en este mismo sentido y el artículo 16 ibidem ordena que todas las personas naturales o jurídicas, con personería jurídica expedida en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o sin ella, que aún, con autorización de los padres o representantes legales, alberguen o cuiden a los niños, las niñas o los adolescentes, son sujetos de la vigilancia del Estado y en tal virtud, compete al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente rector, coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar reconocer otorgar, suspender y cancelar personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las Instituciones del Sistema que prestan servicios de protección a los menores de edad o la familia y a las que desarrollen el programa e adopción, de acuerdo con las normas que regulan la prestación del servicio público de Bienestar Familiar.

Que mediante Resolución 3899 de 8 de septiembre de 2010 y la Resolución 3435 del 20 de abril de 2016 modifica y adiciona la Resolución 3899; la Dirección General del ICBF estableció el régimen especial para otorgar, reconocer, suspender, renovar y cancelar las personerías jurídicas y licencias de funcionamiento a las instituciones del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, que prestan servicios de protección integral, y para autorizar a los organismos acreditados para desarrollar el programad de adopción internacional.

Que mediante solicitud No. E-2019-638394-4100 fecha 22 de Noviembre del 2019, LEISA MARIA BORJA GARCIA identificada con cédula de ciudadanía No. 52.896.183, solicitó el Reconocimiento de Personería Jurídica, de acuerdo al Acta de Constitución e fecha 09 de febrero de 2015, suscrita por el presidente y secretario de la reunión.

Que mediante acta de fecha 09 de febrero de 2015 se nombró junta directiva de la FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL “FUNIPSI”, y la señora LEISA MARIA BORJA GARCIA identificada de ciudadanía N° 52.896.183, fue elegida como presidente y representante legal.

Que una vez examinados los estatutos presentados se encuentra que su objeto social incluye el desarrollo de programas y proyectos de Protección integral para los niños, niñas y adolescentes y/o familias, y, por consiguiente, deben presentarse en el marco del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, en las condiciones y con los requisitos definidos en el marco normativo vigente aplicable.

Que así mismo, esta Dirección encuentra satisfechos los requisitos señalados en el Art.7 de la Resolución No.3899 de 2010 y la Resolución 3438 de 2016.

Que, en razón de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Personería Jurídica a la FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL “FUNIPSI” identificado con Nit 900.830,581-3 como entidad sin ánimo de lucro vinculada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, de acuerdo al acta de constitución de fecha 09 de febrero de 2015: domiciliada en el municipio de Neiva – Huila.

ARTÍCULO SEGUNDO: Inscribir como Representante Legal de la FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL “FUNIPSI» a LEISA MARIA BORJA GARCIA identificada con la cédula de ciudadanía N° 52.896.183, de conformidad con lo dispuesto en el acta de fecha 09 de febrero de 2015.

ARTÍCULO TERCERO: A partir de la ejecutoria de la presente Resolución la FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL “FUMIPSI» identificado  con el Nit. 900.830.581-3 tendrá reconocida la Personería Jurídica por parte del ICBF.

ARTÍCULO CUARTO: Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al representante legal del FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL. “FUNIPSI”, o a su apoderado legalmente constituido o a quien haga sus veces, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición ante esta Dirección Regional, el cual podrá interponer dentro de los  diez (10) días siguientes a la fecha de su notificación, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En caso de no poderse cumplir la notificación personal esta se surtirá por aviso en la forma prevista en el artículo 69 ibidem.

ARTÍCULO QUINTO: Una vez notificado y ejecutoriado realizar el pago del impuesto timbre correspondiente y allegar copia de la consignación para la posterior publicación.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PULIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Neiva (Huila), a los 23 DIC 2019

LUZ ELENA GUTIERREZ URIBE

DIRECTORA REGIONAL. HUILA

ACTA DE NOTIFICACION

En Neiva (Huila), a los veintisiete (27) días del mes de diciembre de 2019, se notifica personalmente a la señora LEISA MARÍA BORJA GARCIA, identificada con la cedula de ciudadanía No. 52.896.183, en su calidad de presidenta representante legal de la FUNDACIÓN IPS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA El DESARROLLO HUMANO INTEGRAL, del contenido de la Resolución 4908 del 23 de diciembre de 2019.

-RESOLUCION No. 4908 del 23 de diciembre de 2019 — Por la cual se reconoce personería jurídica a la FUNDACIÓN PS DE PSICOLOGOS INTERDISCIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL.

Al notificado se le informa que contra el Acto Administrativo que se Notifica procede el Recurso de Reposición. Se hace entrega de des (02) folios y tres (03) páginas.

Se informa sí desea renunciar a los términos de notificación y ejecutoria a lo que manifestó: Si renuncio ___     NO renunció ___

No siendo otro el objeto de la presente diligencia, se firma por quienes en ella intervinieron.

LEISA MARIA BORJA GARCIA

C.C. 52.896.183

Presidente y Representante Legal

Fundación IPS de Psicólogos, Interdisciplinarios Paa El Desarrollo Humano Integral

Notificado

LYLIANA OME CANO

Coordinadora Grupo Jurídico

ICBF Regional Huila

Quien Notifica

CONSTANCIA DE EJECUTORIA

En Neiva (Huila), al veintiocho (28) día del mes de Diciembre de 2019, la suscrita Coordinadora del Grupo Jurídico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Regional Huila, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 numeral 3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, hace constar que la Resolución N° 4908 del 23 de diciembre de 2019, por medio de la cual se “Reconoce una pone jurídica a una institución del sistema de Bienestar Familiar denominada FUNDACION IPS DE PSICOLOGOS INTERDICIPLINARIOS PARA EL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL FUNIPSI NT 900.830.581-3”, proferida por la Directora del ICBF – Regional Huila se encuentra en firme y debidamente ejecutoriada para los efectos legales, previa Notificación Personal realizada el 27 de diciembre de 2019, con manifestación de renuncia a términos.

LYLIANA OME CANO

Coordinadora Grupo Jurídico del ICBF

Regional Huila

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